La SCJN pospone la votación sobre la prisión preventiva oficiosa

A petición del ministro ponente, Luis María Aguilar, la resolución sobre la constitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa (PPO) se votará hasta el jueves en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La Corte discutió durante dos días los proyectos del ministro Aguilar, quien aboga por anular la prisión preventiva oficiosa, y de Norma Lucía Piña, quien señala que la medida constituye una restricción constitucional que afecta al derecho a la libertad personal y la presunción de inocencia.
La PPO es una medida cautelar que establece que toda persona que sea vinculada a proceso por alguno de los 16 delitos previstos en el artículo 19 de la Constitución debe de ser privada de su libertad, con el fin de evitar una posible huida y garantizar su comparecencia ante un juez.

QUE ES PRISION PREVENTIVA OFICIOSA

En México existen dos tipos de prisión preventiva: la justificada, que la dicta un juez cuando ve un riesgo de que el acusado se fugue o haga daño a la víctima; y la oficiosa, que es la que se está discutiendo.

Esta última ha sido muy criticada por los altos organismos internacionales, como la ONU o la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, porque es un encarcelamiento por adelantado.

La prisión preventiva oficiosa se aplica en un catálogo de 16 delitos, ampliado por el propio Gobierno de López Obrador en 2019 para incluir los delitos financieros y otros como el huachicoleo.

Los acusados de alguno de estos cargos deben automáticamente pasar su proceso judicial en la cárcel, aunque no tengan riesgo de fuga ni de entorpecer el proceso judicial. Los jueces no pueden oponerse a aplicarla porque está recogida en la Constitución